Alerta naranja en el volcán Puracé: Un análisis jurídico de la gestión del riesgo de desastres

Alerta naranja en el volcán Puracé: Un análisis jurídico de la gestión del riesgo de desastres
La alerta naranja en el volcán de Puracé pone a prueba a la institucionalidad colombiana Foto por: Servicio Geológico Colombiano

La reciente declaratoria de alerta naranja para el volcán Puracé por parte del Servicio Geológico Colombiano (SGC) no es solo una noticia de interés científico; es, ante todo, la activación de un complejo andamiaje jurídico e institucional diseñado para proteger la vida y el bienestar de las comunidades. Este evento pone de manifiesto la importancia de la Ley 1523 de 2012, que establece la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y articula las responsabilidades del Estado y los ciudadanos frente a amenazas naturales.

El Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SNGRD)

En Colombia, la gestión del riesgo de desastres es entendida como un "proceso social orientado a la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas, estrategias, planes, programas, regulaciones, instrumentos, medidas y acciones permanentes". Su propósito es claro: contribuir a la seguridad, la calidad de vida y el desarrollo sostenible.

La Ley 1523 de 2012 creó el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SNGRD), que se fundamenta en tres procesos clave:

Conocimiento del riesgo: Implica la identificación, análisis, monitoreo y comunicación de los riesgos. La labor del SGC es un pilar fundamental de este proceso.
Reducción del riesgo: Se enfoca en acciones preventivas y de mitigación para disminuir las condiciones de vulnerabilidad.
Manejo de desastres: Abarca la preparación y ejecución de la respuesta a emergencias, así como la posterior rehabilitación y reconstrucción.

Este sistema concibe el riesgo como una política de desarrollo, intrínsecamente ligada a la planificación territorial y la gestión ambiental sostenible en todos los niveles de gobierno.

El rol del Servicio Geológico Colombiano como autoridad técnica

Dentro del SNGRD, el Servicio Geológico Colombiano (SGC) es la entidad científica y oficial encargada del monitoreo y la evaluación de la amenaza volcánica y sísmica en el país. Su misión es generar conocimiento geocientífico para la toma de decisiones, lo que incluye la evaluación y el monitoreo de amenazas de origen geológico.

Las funciones del SGC, en el contexto de una alerta volcánica, son específicas y cruciales. Su personal especializado se encarga de:

  • Realizar la vigilancia permanente de los volcanes activos, analizando datos de sismología, deformación del terreno y composición geoquímica de gases.
  • Procesar, analizar e interpretar la información adquirida para generar modelos de comportamiento volcánico.
  • Evaluar el nivel de amenaza y emitir comunicados y alertas técnicas para informar a las autoridades y a la comunidad, como se evidencia en la actual situación del volcán Puracé.
  • Apoyar la atención de crisis volcánicas, proporcionando información técnica indispensable para la toma de decisiones por parte de los comités de gestión del riesgo.

Esta labor se enmarca en el componente de "conocimiento del riesgo", proveyendo la base fáctica para que las demás entidades del sistema puedan actuar de manera informada y oportuna.

La alerta naranja: implicaciones legales y principios rectores

Una "alerta" se define legalmente como un "estado que se declara con anterioridad a la manifestación de un evento peligroso, con base en el monitoreo del comportamiento del respectivo fenómeno, con el fin de que las entidades y la población involucrada activen procedimientos de acción previamente establecidos".

El cambio de nivel de actividad de amarillo a naranja, como en el caso del Puracé, no es una simple formalidad. Indica una probabilidad de erupción en términos de días o semanas, lo que obliga a las autoridades a tomar medidas concretas de preparación. Esta acción se fundamenta en principios clave de la Ley 1523 de 2012:

  • Principio de precaución: Establece que "la falta de certeza científica absoluta no será óbice para adoptar medidas encaminadas a prevenir" cuando exista la posibilidad de daños graves o irreversibles a la vida y los bienes.
  • Principio de protección: Obliga a las autoridades a proteger a los residentes en su vida, integridad, bienes y derechos colectivos frente a fenómenos peligrosos.
  • Principio de oportuna información: Exige a las autoridades del SNGRD mantener debidamente informada a la población sobre los riesgos y las acciones a seguir.

Una responsabilidad compartida entre el Estado y los ciudadanos

La gestión del riesgo no es una tarea exclusiva del gobierno central. La ley es enfática al señalar que es "responsabilidad de todas las autoridades y de los habitantes del territorio colombiano". Esto implica una corresponsabilidad:

  • Entidades territoriales: Los alcaldes y gobernadores, a través de sus Consejos Territoriales de Gestión del Riesgo, deben revisar y actualizar sus estrategias de respuesta a emergencias, preparar alojamientos temporales, y verificar los planes de evacuación.
  • Ciudadanos: Los habitantes tienen el deber de actuar con "precaución, solidaridad, autoprotección, tanto en lo personal como en lo de sus bienes, y acatarán lo dispuesto por las autoridades". El principio de autoconservación resalta que cada persona debe adoptar medidas para salvaguardarse, como condición necesaria para el ejercicio de la solidaridad social.
  • Coordinación y subsidiariedad: El sistema opera bajo un principio de subsidiariedad, donde las autoridades de nivel superior (departamental y nacional) deben apoyar a las de nivel inferior cuando estas no tengan los medios para enfrentar el riesgo por sí solas. La Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) actúa como coordinadora del sistema a nivel nacional.

En caso de que el riesgo se materialice y se declare una "calamidad pública", la ley prevé un régimen especial que faculta a las autoridades para adoptar medidas extraordinarias en materia de contratación, empréstitos y ocupación de inmuebles, entre otras, para garantizar el regreso a la normalidad.

Conclusión: de la reacción a la prevención

La alerta naranja en el volcán Puracé es un recordatorio de la constante exposición de Colombia a amenazas naturales y de la importancia de un marco jurídico robusto para gestionarlas. La Ley 1523 de 2012 representa un avance significativo al transitar de un enfoque meramente reactivo a uno centrado en el conocimiento y la reducción del riesgo.

Sin embargo, como ha señalado la jurisprudencia, el desafío sigue siendo fortalecer la prevención en la práctica, superando problemas de coordinación y limitaciones presupuestarias que a menudo privilegian la atención de emergencias sobre la mitigación del riesgo. La activación de los protocolos ante esta alerta será una prueba más de la capacidad del SNGRD para proteger eficazmente a sus ciudadanos, demostrando que la gestión del riesgo es, en esencia, una política indispensable para la protección de la vida y la construcción de un desarrollo sostenible.


El contenido de este blog fue generado con ayuda de Ariel, el asistente legal de inteligencia artificial en Colombia y la supervisión humana del equipo jurídico de Ariel.

Fuentes:

  • Congreso de la República de Colombia. (2012). Ley 1523 de 2012 - Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.
  • Corte Constitucional de Colombia. (2023). Sentencia T-246-2023.
  • Corte Constitucional de Colombia. (2024). Sentencia T-123-2024.
  • Servicio Geológico Colombiano. (2022). Resolución D-198 de 2022.
  • Servicio Geológico Colombiano. (2023). Resolución 0390 de 2023.
  • Servicio Geológico Colombiano, & Ministerio de Minas y Energía. (2022). Resolución D-310 de 2022.
  • Tribunal Administrativo de Caldas. (2024). Sentencia 17001-23-33-000-2023-00081-00-(01-02-2024).
  • Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres. (2015). Plan nacional de gestión del riesgo de desastres 2015 - 2030.
  • Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres. (2023). Circular 024 abril 20 de 2023.
  • Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres. (2025). Resolución 0792 del 25 de agosto de 2025.
💬
¿Quieres probar gratis el asistente legal con IA, Ariel? Regístrate ahora en arielapp.co
📍
¿Tienes dudas? 📩 Escríbenos a soporte@arielapp.co o al WhatsApp +57 311 7357537