¿Dónde puedo denunciar a un abogado corrupto?

¿Dónde puedo denunciar a un abogado corrupto?
Photo by Sasun Bughdaryan / Unsplash

Para denunciar a un abogado que se considere corrupto, se debe acudir a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial. Esta entidad es la encargada de examinar la conducta y sancionar las faltas de los abogados en ejercicio de su profesión, según lo establecido en el artículo 257A de la Constitución Política de Colombia y otras disposiciones jurídicas complementarias[1]. Además, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial sustituyó funcionalmente a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura en cuanto al ejercicio de las funciones jurisdiccionales disciplinarias para la investigación y sanción de los abogados, salvo que la ley atribuya esa función a un Colegio de Abogados[2].

La Comisión está conformada por siete Magistrados, y su estructura y funcionamiento están detallados en el Acto Legislativo 02 de 2015, reflejado en el artículo 257 A de la Constitución[3]. La Comisión Nacional de Disciplina Judicial también asumió los procesos disciplinarios de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura[4].

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¿Cuáles son las faltas disciplinarias que puede cometer un abogado?

Una de las faltas disciplinarias que puede cometer un abogado es exigir u obtener dinero o cualquier otro bien para gastos o expensas irreales o ilícitas. Esto está contemplado en el numeral 3° del artículo 35 de la Ley 1123 de 2007. Si un abogado obtiene dinero del poderdante con el objeto de pagar gastos que no se realizan o no devuelve el dinero suministrado para cubrir gastos notariales que no se efectuaron, está incurriendo en una falta contra la honradez profesional[5].

Otra falta disciplinaria es la demora en la iniciación o prosecución de las gestiones encomendadas, o el dejar de hacer oportunamente las diligencias propias de la actuación profesional, descuidarlas o abandonarlas, según lo establece el numeral 1° del artículo 37 de la Ley 1123 de 2007[6].

La falta disciplinaria del artículo 35 numeral 1 de la Ley 1123 de 2007 es eminentemente dolosa y se refiere al aprovechamiento por parte del abogado de la condición del sujeto pasivo de la conducta para obtener un beneficio[7] Además, el quebrantamiento del deber de cuidado en las actuaciones profesionales, estipulado en el numeral 10° del artículo 28 de la Ley 1123 de 2007, también constituye una falta disciplinaria.

El derecho disciplinario busca dirigir la conducta de los abogados dentro de un marco ético que asegure la función social que cumplen. Un abogado incurrirá en falta disciplinaria cuando con su conducta afecte, sin justificación, alguno de los deberes consagrados en el Código Disciplinario del Abogado. La conducta debe ser típica, antijurídica y culpable para ser considerada falta disciplinaria.

¿Qué sanciones se le imponen a los abogados por ser corruptos y/o por cometer faltas disciplinarias?

Las sanciones que se le imponen a los abogados por cometer faltas disciplinarias pueden incluir:

  1. Suspensión en el ejercicio de la profesión: Se puede imponer una suspensión temporal en el ejercicio de la profesión por un periodo determinado.
  2. Multa: Además de la suspensión, se pueden imponer multas económicas, que suelen ser un número determinado de salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  3. Exclusión de la profesión: En casos de faltas especialmente graves, se puede llegar a excluir al abogado del ejercicio de la profesión.
  4. Censura: Esta sanción consiste en una reprimenda formal que se impone al abogado por haber incurrido en una falta disciplinaria.

Estas sanciones se aplican con el fin de asegurar que los abogados cumplan con su función social y los deberes éticos y profesionales, colaborando de manera leal y legal en la recta y cumplida realización de la justicia y los fines del Estado. La adecuación de la conducta del abogado a las faltas disciplinarias establecidas en la Ley 1123 de 2007 es un requisito para la imposición de sanciones.

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El contenido de este blog fue generado con ayuda de Ariel, el asistente legal de inteligencia artificial en Colombia y la supervisión humana del equipo de Diálogos Punitivos.

Fuentes:

  1. CNDJ - F50001110200020190058601ADJUNTA20220310085430
  2. CNDJ - F11001010200020180091100ADJUNTA20220421114140
  3. CC-C-373-16
  4. CNDJ - F52001110200020160037601ADJUNTA20210618121116
  5. 14 CNDJ - F05001110200020170222401ADJUNTA20211122104447
  6. CNDJ - F05001110200020160233701ADJUNTA20210729120251
  7. CNDJ - F11001110200020160358701ADJUNTA20200728101502