Inteligencia artificial y responsabilidad del abogado: la Corte Suprema sienta un precedente sobre la temeridad procesal
Introducción
La irrupción de la inteligencia artificial (IA) generativa en el ámbito jurídico ha marcado un punto de inflexión, ofreciendo herramientas que prometen optimizar la investigación y redacción de documentos legales. Sin embargo, esta revolución tecnológica trae consigo nuevos desafíos éticos y responsabilidades profesionales. Una reciente y trascendental providencia de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, el Auto AC739-2026, aborda directamente esta problemática, estableciendo un precedente claro sobre las consecuencias del uso acrítico de estas tecnologías y la configuración de la temeridad procesal.
Los hechos: cuando la inteligencia artificial "alucina" en un recurso de revisión
El caso que motivó este pronunciamiento involucra a un abogado que, actuando como apoderado en un recurso extraordinario de revisión, fundamentó su escrito en información generada por un programa de IA. El resultado fue la incorporación de preceptos legales tergiversados y, notablemente, jurisprudencia inexistente. La demanda inicial citó seis sentencias apócrifas y dos providencias de la Corte Constitucional con contenido falsamente atribuido.
Lo más grave de la situación fue que, tras ser requerido por la Corporación para que subsanara las irregularidades, el profesional no solo no corrigió los errores, sino que los profundizó. En su escrito de subsanación, alteró el contenido de las normas invocadas e incorporó cuatro nuevas citas jurisprudenciales inexistentes, acumulando un total de diez referencias espurias. Posteriormente, el abogado admitió que las imprecisiones provenían del uso no verificado de una herramienta de inteligencia artificial. Esta persistencia en el error fue un factor determinante para la Corte, que consideró que el abogado "manifestó un absoluto desprecio por el deber de veracidad que preside el ejercicio forense".
La ratio decidendi: el deber indelegable de verificación del abogado
El núcleo de la decisión de la Corte Suprema de Justicia se centra en reafirmar los deberes éticos fundamentales que rigen la profesión legal, independientemente de las herramientas tecnológicas empleadas. La providencia establece un estándar de conducta profesional basado en varios pilares:
1. El binomio de veracidad y verificación
La Corte subraya que todo abogado tiene un deber de veracidad. Al citar una fuente de derecho, se realiza una "aserción implícita sobre su pertenencia al ordenamiento". Esta pretensión solo es legítima si lo citado corresponde fielmente a la realidad jurídica. Como correlato necesario, surge el deber de verificación, que obliga al profesional a constatar la existencia y exactitud de sus fuentes. Este deber se fundamenta en la confianza institucional, la lealtad procesal y la función estructural que las fuentes cumplen en la argumentación jurídica.
2. La indelegabilidad de la responsabilidad
Un punto crucial de la providencia es el principio de indelegabilidad. La Corte es enfática al señalar que la responsabilidad por el contenido de un escrito judicial recae íntegramente en quien lo suscribe. La decisión de delegar la redacción, ya sea a un auxiliar humano o a una herramienta tecnológica, es "jurídicamente intrascendente para efectos de autoría". En consecuencia, "la función de garante de la veracidad de las fuentes es indelegable".
3. Neutralidad tecnológica y diligencia intensificada
Si bien el deber de verificación es tecnológicamente neutro, su exigibilidad se intensifica cuando se utilizan herramientas de IA generativa. Esto se debe a la "propensión conocida a producir contenido erróneo", un fenómeno conocido como "alucinaciones". Las alucinaciones son la generación de contenido sin respaldo fáctico, como información enteramente inexistente (fabricación) o la alteración de fuentes reales (distorsión). Este riesgo, al ser previsible y ampliamente advertido, impone al abogado una carga de diligencia superior.
La calificación jurídica: de la negligencia inexcusable a la temeridad procesal
La Corte Suprema califica la conducta del abogado como temeraria, con base en lo dispuesto en el Código General del Proceso (CGP). Se establece que la incorporación de citas apócrifas, como regla general, revela temeridad, salvo que exista una circunstancia objetiva y verificable que excuse el error. Esta temeridad puede configurarse tanto por dolo como por "negligencia inexcusable", entendida como la omisión de verificaciones elementales ante un riesgo previsible y evitable.
La negligencia del abogado se agrava por lo que la doctrina denomina "ceguera voluntaria funcional": una evitación deliberada del conocimiento que se está en condiciones de obtener. Al optar por no verificar la información de una fuente notoriamente falible como la IA, el profesional renuncia a una comprobación elemental, lo que intensifica el juicio de negligencia.
La Corte aplicó la presunción de temeridad del artículo 79 del CGP, que establece: “Se presume que ha existido temeridad o mala fe en los siguientes casos: 1. Cuando sea manifiesta la carencia de fundamento legal de la demanda, excepción, recurso, oposición o incidente, o a sabiendas se aleguen hechos contrarios a la realidad. (...). Cuando se hagan transcripciones o citas deliberadamente inexactas”.
Una vez depurado el escrito de las diez citas inexistentes y las normas tergiversadas, el recurso quedó "huérfano de toda base en el ordenamiento", configurando una manifiesta carencia de fundamento legal. En consecuencia, y en aplicación del artículo 81 del CGP, la Corte impuso al abogado una multa de quince salarios mínimos legales mensuales vigentes (15 SMLMV) y compulsó copias a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial.
Implicaciones prácticas: un llamado al uso responsable de la IA
Es fundamental aclarar que "ni el ordenamiento jurídico ni esta Corporación proscriben el empleo de herramientas de inteligencia artificial generativa en el ejercicio profesional del derecho". La sanción no se dirige contra la tecnología, sino contra la conducta negligente del profesional que la utiliza sin el debido rigor.
La providencia, en línea con los criterios orientadores fijados por la Corte Constitucional en la Sentencia T-323 de 2024, establece tres exigencias mínimas para el uso responsable de la IA:
- Control humano efectivo: El profesional no puede delegar su juicio jurídico. La herramienta asiste, pero el abogado es quien decide, estructura y responde.
- Verificación rigurosa: Quien emplea IA asume la carga de contrastar la existencia, fidelidad y pertinencia de cada fuente que el sistema suministre, gestionando preventivamente riesgos como imprecisiones, desactualizaciones y alucinaciones.
- Transparencia funcional: Cuando sea pertinente, el abogado debe advertir sobre el uso de contenido asistido para permitir un control efectivo por parte de la contraparte y del juez.
Conclusión
El Auto AC739-2026 de la Corte Suprema de Justicia es una advertencia contundente y un faro para la profesión legal en la era digital. La inteligencia artificial es un auxiliar valioso, pero su uso demanda un escepticismo profesional y una diligencia intensificada. La decisión reafirma un principio inmutable: la tecnología es una herramienta al servicio del jurista, pero jamás un sustituto de su criterio, responsabilidad y deber ético con la verdad y la justicia. El principio rector es claro e inequívoco: "la herramienta asiste; el abogado decide, estructura y responde".
Fuentes
- Congreso de la República de Colombia. (2012). Ley 1564 de 2012. Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones.
- Corte Constitucional de Colombia, Sala Segunda de Revisión. (2024). Sentencia T-323-2024. (M.P. Juan Carlos Cortés González).
- Corte Suprema de Justicia de Colombia, Sala de Casación Civil, Agraria y Rural. (2026). Auto AC739-2026. (M.P. Martha Patricia Guzmán Álvarez).
El contenido de este blog fue generado con ayuda de Ariel, el asistente legal de inteligencia artificial en Colombia y la supervisión humana del equipo jurídico de Ariel.