¿Qué es la perspectiva de género?
La perspectiva de género es una herramienta conceptual que permite comprender que las diferencias entre mujeres y hombres no solo se deben a su determinación biológica, sino también a las diferencias culturales asignadas a los seres humanos. Esta perspectiva ayuda a entender que la vida de mujeres y hombres puede modificarse, ya que no está 'naturalmente' determinada, y cuestiona los estereotipos educativos, abriendo la posibilidad de elaborar nuevos contenidos de socialización y relación entre los seres humanos[1].
En el ordenamiento jurídico colombiano, la perspectiva de género se introdujo con la Ley 1098 de 2006, "por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia". Según su artículo 12, se entiende por perspectiva de género el reconocimiento de las diferencias sociales, biológicas y psicológicas en las relaciones entre las personas según el sexo, la edad, la etnia y el rol que desempeñan en la familia y en el grupo social. Esta perspectiva debe tenerse en cuenta en la aplicación del código para alcanzar la equidad[2]. El Ministerio de Justicia y del Derecho, en la "Cartilla de Género", define la perspectiva de género como el análisis de las dinámicas en la sociedad frente a los roles asignados tanto a hombres como mujeres y cómo estos influyen en el acceso a bienes, servicios, derechos y la justicia. La aplicación de esta perspectiva busca evidenciar las construcciones sociales que rodean al género masculino y femenino y analizar las desigualdades entre estos.
A veces, se pretende desarrollar políticas que, reconociendo las diferencias entre hombres y mujeres, impulsen mecanismos que permitan a ambos acceder a los mismos beneficios, bienes y oportunidades[3]. La Corte Constitucional de Colombia entiende que la perspectiva de género es un criterio hermenéutico que deben emplear todos los operadores jurídicos para la resolución de litigios en los que exista sospecha de relaciones asimétricas, prejuicios o patrones estereotipados de género. Consiste en integrar los principios de igualdad y no discriminación en la interpretación y aplicación de las normas para garantizar la mayor protección de los derechos humanos, especialmente de las víctimas, y ofrecer soluciones equitativas ante situaciones de desequilibrio estructural[4].
La perspectiva de género también se ha desarrollado para estudiar las características físicas, psicológicas y sociales de los diferentes géneros, y ha tomado fuerza en la interpretación jurídica, utilizando expresiones como "enfoque diferencial", "perspectiva de género" o "transversalidad de género" para indicar que se va a imponer esta ideología en todos los ámbitos[5].
El contenido de este blog fue generado con ayuda de Ariel, el asistente legal de inteligencia artificial en Colombia y la supervisión humana del equipo de Diálogos Punitivos.
Fuentes:
- CC-T344-20.
- CC-T344-20.
- CC-T344-20.
- CC-T344-20.
- CNDJ - F11001010200020200000100ADJUNTA20200610134441.